Cancelación de Hipoteca


Es una operación posterior al préstamo, el último acto una vez que se haya pagado totalmente aquél. cuando el préstamo se abona íntegramente, la hipoteca, que es la garantía de que ese prestamo se va a pagar, deja de tener sentido y queda ineficaz, pero es necesario un acto formal para hacer constar esa extinción en el Registro, la cancelación de hipoteca.


Es necesario, por tanto, una escritura pública ante notario, la de cancelación de hipoteca, cuyos gastos serán de cuenta del deudor, osea, del que pidió la hipoteca o se subrogó en ella. En esta escritura no hace falta que intervenga el deudor, sino que la otorgan los representantes del banco o caja de ahorros diciendo que el deudor devolvió el capital del préstamo con todos sus intereses y gastos y solicitando al registrador de la propiedad que cancele la hipoteca. Una vez firmada ante notario se lleva dicha escritura al Registro, donde se inscribe, quedando el inmueble "libre de esta carga".