Testamentos


El testamento es un documento jurídico mediante el cual el testador dispone de sus bienes a favor de los herederos o legatarios, para después de su fallecimiento, pudiendo incluir también otras cláusulas o disposiciones de carácter no patrimonial como:

Reconocimiento de hijos

Nombramiento de albaceas

Nombramiento de Contador-Partidor

Nombramiento de Tutor

Nombramiento de Administrador


El testamento es un acto mortis causa, surte efectos únicamente a partir del fallecimiento del testador.Si alguien fallece sin testamento, se abrirá la denominada sucesión intestada, que implica que heredarán los bienes de la herencia las personas que obligatoriamente determina la Ley con arreglo a un orden sucesorio, realizando previamente un acta notarial de declaración de herederos ab-intestato.


¿Quién puede otorgar un testamento?

Para otorgar testamento no es necesario ser mayor de edad, siendo suficiente haber cumplido 14 años de edad y estar en su sano juicio.


¿Podrían dos personas otorgar testamento conjuntamente?

En la CCAA de Aragón es posible realizar el testmento mancomunado por ambos cónyuges al mismo tiempo.


¿Se puede cambiar un testamento?

El testador o testadores mancomunados pueden modificar su testamento cuantas veces quieran mediante el otorgamiento de un nuevo testamento que deja sin efecto el anterior.